Este 2011 se produjo en Colombia una polémica por la intención de promover una ley que se llamó la “Ley Lleras.” La polémica se suscito porque se buscaba trasladar a los prestadores de servicio de Internet la vigilancia y sanción de los usuarios en aquellos casos en que pudiera constatarse la violación de los derechos de autor por parte de las personas que contrataban esos servicios. Dicha ley no prosperó porque no hay claridad en torno a cómo se aplicarían las sanciones y controles en muchos de los casos.Y aquí entran a jugar conceptos como el de autor, derecho de autor, derechos morales y derechos patrimoniales.
En Colombia existe un organismo llamado Dirección Nacional de Derechos de Autor, que se encuentra adjunto al Ministerio del Interior, y al que le compete pronunciarse sobre estos temas.
En la página Web de la Dirección se encuentran conceptos como el de autor, o persona a la que se atribuye originariamente la creación de una obra de tipo intelectual, literario o técnico. Y se entiende por Derecho de Autor las distintas medidas de protección que el Estado contempla para el autor y su obra. Por "obra" se entiende todo un gran abanico de producciónes de las distintas artes y oficios y que se plasman o conservan de diversas maneras.
Si leyes como la que antes se mencionó no logran prosperar hoy en día, e incluso en países tan avanzados como los europeos es difícil controlar el uso indebido de los contenidos de la Web por las personas, ello se debe entre otras cosas al carácter cada vez más participativo de la Web, de modo que los usuarios cada vez tienen más poder para manipular los contenidos libremente.
Antes que crear medidas policivas que busquen frenar cosas como la piratería y el plagio en internet, que por cierto se harían más atractivas aún para personas como los hackers, creía sería más útil generar una reflexión en los contextos educativos hacia los conceptos de derechos patrimoniales y morales. Pero en especial de éstos últimos.
Respecto a los primeros, muchas personas bajan música de forma ilegal sólo por ahorrar dinero. Pero respecto a los derechos morales la cuestión es más dramática. Ya que quien se atreve a plagiar un artículo por ejemplo, tiene una noción muy pobre de su propio valor como persona y del valor de las obras intelectuales y de las personas que pueden crear conocimiento.
En este sentido más que medidas coercitivas que dobleguen el uso indebido o infractor de los contenidos, debe haber un giro hacia el valor que tiene democratizar el conocimiento en la Web en un sentido positivo.

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